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title: "Cuatro años y medio por dos robos y ninguna pena por un homicidio, la sentencia que dejó dos respuestas para un mismo acusado en Ataliva"
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description: "Axel Micael Churquina fue condenado por los robos cometidos en Moisés Ville durante mayo de 2024 y absuelto por la muerte de Mario César Ricarte. La Justicia de Rafaela consideró acreditada su responsabilidad en los hechos contra la propiedad, aunque no reunió la certeza necesaria para atribuirle el crimen. La Fiscalía había solicitado 17 años de prisión por los tres delitos."
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date_published: "2026-11-04T15:06:00-03:00"
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# Cuatro años y medio por dos robos y ninguna pena por un homicidio, la sentencia que dejó dos respuestas para un mismo acusado en Ataliva

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Una misma resolución judicial contiene dos decisiones que parecen contradecirse entre sí. El fallo dictado el 26 de octubre de 2026 por la jueza Águeda Ramona Salteño condenó a Axel Micael Churquina a cuatro años y seis meses de prisión efectiva por dos robos y, al mismo tiempo, lo absolvió de la acusación de homicidio doloso simple por la muerte de Mario César Ricarte, ocurrida en Ataliva. Las pruebas alcanzaron para sostener la primera acusación y no para la segunda, y esa diferencia de valoración explica el resultado del proceso.

**Los dos robos de Moisés Ville**

Los hechos contra la propiedad que llegaron a debate se registraron en mayo de 2024 y tuvieron como escenarios una vivienda particular y un establecimiento comercial. En ambos episodios el ingreso se produjo mediante el escalamiento de las estructuras que delimitaban las propiedades. De la vivienda desaparecieron distintos elementos, mientras que del comercio se sustrajeron mercaderías y dinero.

Durante el juicio se analizaron testimonios, imágenes de cámaras de seguridad y otros elementos vinculados con los movimientos del acusado. Con ese material la magistrada consideró acreditada su participación y lo declaró autor penalmente responsable de dos robos calificados por escalamiento, cometidos en concurso real. La reiteración de los hechos, los daños ocasionados y las circunstancias en que se produjeron los ingresos fueron tenidos en cuenta al momento de fijar la pena.

**La muerte de Ricarte, el caso que quedó sin respuesta**

La acusación más grave estaba vinculada con la muerte de Mario César Ricarte, de 45 años, encontrado sin vida dentro de su vivienda de Ataliva a fines de mayo de 2024. La investigación determinó, según informó el portal Rafaela Informa, que el hombre presentaba una herida provocada por un arma blanca en la zona del cuello, lesión que derivó en una hemorragia y le causó el fallecimiento.

En el debate se reconstruyeron distintos momentos de los días previos al hallazgo del cuerpo y se analizaron los movimientos de Churquina por la localidad. La Fiscalía sostuvo que el acusado había participado del hecho y presentó una serie de indicios para respaldar esa hipótesis, mientras que la defensa cuestionó la interpretación de esas pruebas y afirmó que no existían elementos concluyentes para establecer quién provocó la muerte.

**Los indicios que no alcanzaron la certeza**

El fallo reconoció que existían elementos que ubicaban al acusado en Ataliva y que permitían reconstruir parte de sus desplazamientos. Para la jueza, esa circunstancia no bastaba para demostrar que hubiera cometido el asesinato. Entre las cuestiones evaluadas estuvieron las imágenes de cámaras de seguridad, los testimonios de personas que habían mantenido contacto con la víctima y los elementos hallados durante la pesquisa.

La sentencia examinó además la posibilidad de que otras personas hubieran ingresado a la vivienda y las dificultades para precisar el momento exacto en que se produjo la muerte. A ello se sumó la falta de un vínculo científico concluyente entre el imputado y el arma blanca que la Fiscalía asociaba al hecho. Sobre ese conjunto, la magistrada entendió que las pruebas reunidas no permitían descartar otras explicaciones posibles de lo sucedido.

**El pedido de 17 años y la duda razonable**

El fiscal Martín Castellano había sostenido la acusación por los dos robos y por el homicidio, y en su alegato final reclamó una condena de 17 años de prisión de cumplimiento efectivo al considerar acreditada la responsabilidad en los tres hechos. La defensora Victoria Romano, en tanto, pidió la absolución de su representado y cuestionó distintos aspectos de la investigación y de la prueba presentada.

La resolución terminó diferenciando cada acusación. Respecto de los delitos contra la propiedad la jueza halló mérito suficiente para condenar, y en relación con el homicidio concluyó que el material probatorio no alcanzaba el grado de certeza exigido. La absolución se apoyó en el principio de la duda razonable.

**Una condena firme y un autor que la Justicia no determinó**

Lo que el fallo dejó asentado es que la muerte de Ricarte efectivamente ocurrió y que las pruebas producidas en el juicio no permitieron demostrar, con el estándar que exige una sentencia condenatoria, que Churquina hubiera sido su autor. La absolución no modifica las conclusiones sobre la existencia del crimen, aunque sí impide atribuirle responsabilidad penal al acusado con la evidencia disponible.

Ataliva queda entonces con una condena por hechos que ocurrieron en otra localidad y con una pregunta que la sentencia no respondió. Nadie fue señalado judicialmente como autor del homicidio de Ricarte, y ese vacío, más allá del destino procesal del acusado, es el dato que sigue pesando en la comunidad.

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